El 1 de enero de 2020 entrarán en vigor nuevas restricciones de comercialización de equipos y nuevas prohibiciones de uso concretas de ciertos gases fluorados.
La utilización de refrigerantes HFC con PCA ≥2500 quedará prohibida en aparatos fijos de refrigeración nuevos que los contengan o cuyo funcionamiento dependa de ellos, excepto los diseñados para refrigerar productos a temperaturas inferiores a -50 °C.
Solo se permitirá el uso de fluidos con PCA ≥2500 para mantenimiento y revisiones de instalaciones con una carga inferior o igual a 40 toneladas equivalentes de CO2 (por ejemplo 10,20 kg de R-404A o 10,04 kg de R-507A). Esta prohibición no se aplicará a equipos militares ni a aparatos destinados a enfriar productos por debajo de -50 °C.
Hasta 2030 podrán seguir usándose gases de efecto invernadero con PCA ≥2500 regenerados para el mantenimiento de equipos existentes, y reciclados si estos se han recuperado de aparatos similares. Los gases reciclados solo podrán ser usados por la empresa que haya realizado la recuperación como parte del mantenimiento o la revisión.
Hay que recordar que los gases regenerados solo pagan la mitad de la tasa española, es decir:
- R-404AT = 29,41 €/kg en lugar de los 58,82 €/kg del gas virgen.
R-507AT = 29,89 €/kg en vez de los 59,78 €/kg del mismo gas virgen.
El R-448A seguirá muy vigente
Además, aclaramos que el calendario de restricciones de cuota de la F-Gas solo alcanza hasta 2030, y que sólo se restringe el uso de R-448A (Solstice N40) en centrales multicompresoras nuevas para uso comercial con capacidad superior a 40 KW a partir de 2022. Es decir, a partir de 2022 se podrá seguir realizando instalaciones nuevas con R-448A (Solstice N40) para frío industrial, sea cual sea su capacidad, y por supuesto para el mantenimiento de cualquier instalación.